Con fecha 19-07-2010 el Sr. Vicepresidente del IMD ha adoptado resolución relativa a la LISTA PROVISIONAL DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS para la contratación temporal de un Administrativo de Intervención-Tesorería. La misma con sus anexos se ha expuesto en el Tablón de Anuncios de la sede del I.M.D. (3ª Planta):
Advirtiendo a todos los aspirantes que, desde el lunes, día 26 de julio y hasta el viernes, día 30 de Julio de 2010, pueden subsanar los defectos que se indican, con la presentación de las pertinentes alegaciones ante el REGISTRO GENERAL del IMD.
Igualmente, se comunica que la prueba teórica-práctica no se realizará antes del 15 de septiembre de 2010.
Desarrollo de esta convocatoria:
1.- El plazo de presentación de solicitudes estuvo abierto entre el 21 y el 25 de junio de 2010, ambos inclusive:
En relación con el envío de currículum laborales a este Organismo, se informa que para la dotación de las vacantes en el mismo se distinguen dos procedimientos:
Por ello, la presentación del currículum vitae fuera de convocatoria no surte ningún efecto para una posterior contratación laboral en el IMD.
Igualmente, se informa que por el contenido de datos que difunde un currículum vitae (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, números de D.N.I., Seguridad Social, domicilio, teléfonos, estudios realizados, empresas donde se ha trabajado, aficiones, fotografías y otros datos de carácter personal), que permiten realizar una evaluación de la personalidad del individuo, y en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal, este Organismo estaría obligado a adoptar unas medidas de índole técnica y organizativas que garantizaran la seguridad de los datos carácter personal y evitaran su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados.
Como quiera que tales medidas no pueden disponerse en el momento actual y para este asunto, se ha decidido que los currículum entregados en papel sean devueltos a sus respectivos interesados, o definitivamente destruidos; y con respecto a los currículum enviados por correo electrónico, se ha ordenado que quienes lo reciban deberán eliminarlo de su cuenta de correo electrónico de forma inmediata.
Por todo ello, rogamos que se abstengan de mandar curriculum vitae a este Organismo, pues los mismos no pueden ser atendidos particularmente.
El pasado 24 de julio fue notificada a este Organismo la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Sevilla, recaída en el procedimiento iniciado a instancia de la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía contra el Acuerdo del IMD por el que se aprobaba las Bases Generales del Plan de Estabilidad y Consolidación de Empleo del personal laboral del IMD. La sentencia (que para general conocimiento se reproduce en fichero adjunto) ha estimado el recursos formulado, anulando el apartado 1.1. de la Base Quinta relativa a la valoración de méritos en el apartado “Experiencia Profesional”. En el plazo de 2 meses desde la notificación de la sentencia, este Organismo adoptará los acuerdos y medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia referida. Descargar Sentencia 224/09 (PDF)