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PLAN ANUAL DE FORMACIÓN IMD

Principios Generales respecto a la formación en nuestra organización
La formación en el IMD se concibe como instrumento catalizador de la promoción y motivación de sus recursos humanos y necesario para la generación de una actitud común frente a sus objetivos como organización , actitud común que facilite la identificación de valores propios que nos signifiquen y diferencien dentro del sistema deportivo sevillano desde nuestras responsabilidades como servicio público.

Serán fines, por tanto, de la formación en el IMD el contribuir a la eficacia del servicio público adaptándose a los cambios motivados tanto por procesos de innovación tecnológica como por nuevas formas de organización del trabajo.
Son objetivos de esta formación la mejora de competencias y cualificaciones de las personas que trabajan para el IMD, la implementación del método de trabajo basado en la “mejora continua” en todos los procesos que se identifiquen en el IMD y el desarrollo y promoción profesional y personal de todas las personas que trabajan para la organización IMD.

Estas personas proceden tanto de la plantilla del Ayuntamiento de Sevilla así como de la plantilla propia del IMD generada de acuerdo a sus Estatutos.

El art.. 74 del Reglamento para el personal funcionario del Ayuntamiento de Sevilla en vigor así como el art. 64 del Convenio Colectivo del personal laboral del IMD en vigor reconocen el derecho a la formación.

Con el objetivo de garantizar este derecho así como determinar los criterios que permitan gestionarla de manera eficaz, en el año 2000 se constituyó la Comisión Permanente de Formación ( en adelante CPF) cuyo reglamento fue aprobado por el Consejo de Gobierno del IMD en sesión celebrada el 14 de abril de 2005.

La Comisión Permanente de Formación

La CPF es un órgano colegiado del IMD cuyo objeto se concreta en el desarrollo de las competencias que tiene atribuidas en el ámbito de la formación de las personas que trabajan para la organización IMD. Es responsable, entre otros, de la aprobación, seguimiento, control y evaluación de resultados del Plan Anual de Formación IMD actuando, en general, como asesor en esta materia para la dirección del IMD y en especial para su Consejo de Dirección.

Entre sus competencias están:

  • Aprobar las directrices y criterios básicos que regirán la elaboración del Plan Anual de Formación IMD.
  • Aprobar el Plan Anual de Formación IMD y darlo a conocer al Consejo de Dirección, responsables de unidades de trabajo del IMD y, en general, a todas las personas que trabajan para la organización. Todo ello debe producirse antes de la finalización del primer trimestre de cada año.
  • Garantizar el carácter complementario y por tanto, la necesaria coordinación del Plan Anual de Formación IMD con el Plan Director del Deporte de Sevilla, el método de trabajo propio del IMD basado en la “mejora continua” así como con el Plan Operativo Anual del IMD.

Para la implementación y desarrollo del Plan Anual Formación IMD se pondrán a disposición anualmente recursos humanos, materiales y presupuestarios en función del plan operativo anual IMD y del programa anual Formación IMD.
Los recursos económicos procederán de los Capítulo I (para atender preferentemente el programa específico de formación de las personas que trabajan en el IMD), Partida 163.00 Formación y Perfeccionamiento de Personal) y Capítulos II y VI (para atender preferentemente el programa propio de formación IMD) de los presupuestos generales del IMD.