Protocolo de apertura y normas de uso para actividades dirigidas en sala y salas fitness en los centros deportivos de gestión directa
El objeto de este protocolo es definir las medidas preventivas y las actuaciones específicas para el desarrollo de actividades dirigidas en salas y salas fitness de instalaciones deportivas cubiertas; con la adopción de las mismas se persigue combatir la propagación del Covid-19, haciendo que las mismas sean, como siempre han sido, entornos seguros tanto para los profesionales como para sus usuarios. Estas recomendaciones se ajustan estrictamente a las disposiciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Normas generales para la apertura
- Se ha realizado una limpieza y biodesinfección profunda de las instalaciones, previa a la reapertura mediante empresa limpieza y productos homologados.
- Se ha procedido a la señalización y balizamiento que aseguran en todo momento las circulaciones y relaciones de forma segura.
- Se ha colocado cartelería en lugar visible con el fin de informar y recordar a los usuarios y trabajadores la obligación de cumplir con las medidas de higiene y protección establecidas por la autoridad sanitaria contra el Covid-19, con especial énfasis en la recomendación del lavado frecuente de manos y distanciamiento social durante la estancia en las instalaciones.
- Se han establecido puntos con elementos de seguridad en los espacios necesarios de la instalación y de acceso libre a los usuarios, tales como rollos de papel, papeleras, pulverizadores con desinfectante, dosificadores con hidrogel, alfombras con viricida para limpieza de pies.
- Se han inhabilitado los sistemas de control de acceso que garantizan las medidas sanitarias establecidas.
- Los positivos por COVID 19, aun asintomáticos, no podrán iniciar la práctica deportiva.
- Se recomienda que todos los usuarios, realicen una vigilancia activa de sus síntomas. Ante cualquier síntoma o en caso de sospecha de estar infectado, o haber estado en contacto con personas infectadas o bajo sospecha de estarlo, se debe evitar cualquier actividad, poniéndose en contacto que de forma inmediatamente con los servicios sanitarios y seguir todas sus indicaciones.
- Se recomienda el control de temperatura previamente, antes de comenzar cualquier actividad o acceder a la instalación deportiva.
- El usuario tendrá cuidado de no tocar en lo posible objetos de uso colectivo y superficies de contacto más frecuentes como pomos, puertas de accesos, pasamanos, barandillas, y otros elementos de similares características.
- Los usuarios han de mantener las pautas estrictas de aseo personal, conducta y cuidado para evitar contagios. Lavarse las manos antes y después de entrar o salir de los espacios deportivos.
- Se recomienda el uso de mascarillas, guantes, cintas o pañuelos para el cabello, así como el uso de gafas, siempre que la actividad deportiva así lo permita. Solo se retirarán cuando sea imposible llevarlos para la realización de la actividad deportiva
- Antes y después de la práctica deportiva es muy importante lavarse las manos con agua y jabón o soluciones de gel hidroalcohólico, siendo necesario que se lleve por el deportista dichos botes de gel de uso individual, así mismo se dispondrá de estos en los espacios donde se desarrolle la actividad.
- El aforo de las instalaciones estará limitado en todo momento al número de personas que garanticen las distancias de seguridad, tanto en actividades colectivas, como en cualquier otro uso de la instalación.
Horario de apertura y reserva
- La apertura de los Centros Deportivos del IMD es de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 21,00 horas. Cada actividad tendrá un horario que se podrá visualizar en la página web del IMD (en la página propia de cada instalación) y en la propia instalación.
- La reserva e inscripción a la actividad se realizará con una antelación mínima de 48 horas al inicio de la actividad, mediante:
- Correo electrónico, a los correos detallados en el Anexo I.
- Teléfono, de lunes a viernes en horario de 09 a 14 y 16 a 21 horas, a los números de teléfonos detallados en el Anexo I, salvo en los centros deportivos de los Distritos IMD Casco Antiguo (CD San Luis y Mendigorría), Distrito IMD Triana – Los Remedios (CD Mar de Plata y Paraguas), CD Bellavista y CD Pino Montano, que será de 09,00 a 14,00 horas.
- Presencial (mediante cita previa) en cada centro deportivo, en horario de lunes a viernes de 09 a 14 y 16 a 21 horas, salvo en los centros deportivos de los Distritos IMD Casco Antiguo (CD San Luis y Mendigorría), Distrito IMD Triana – Los Remedios (CD Mar de Plata y Paraguas), CD Bellavista y CD Pino Montano, que será de 09,00 a 14,00 horas.
- El abono de la actividad se podrá realizar mediante:
- Transferencia bancaria a la c/c IMD
- Pago con tarjeta bancaria a través de TPV
- El justificante del abono debe ser presentado en cada instalación o bien remitirlo al correo electrónico de cada centro deportivo detallado en el Anexo I, en el transcurso de las 24 horas siguientes de la realización de la reserva de la plaza.
- La oferta de actividades se desarrollará en 2 o 3 sesiones semanales, de una hora de duración, según se establece las Ordenanzas Municipales de Precios Públicos del IMD.
- Para aquellos usuarios que hubieran abonado el mes de marzo completo y no hayan podido disfrutar de la actividad por el estado de alarma, se le descontarán los nuevos usos de los días no disfrutados y ya abonados.
Normas relativas al desarrollo de la actividad
- Respeta en todo momento los horarios de la actividad. Para evitar aglomeraciones el deportista deberá llegar 5 minutos antes de su hora de entrada.
- El número de usuarios será, en esta fase, del 50% del aforo el establecido del espacio deportivo donde se desarrolle la actividad, garantizándose en todo momento la distancia mínima de seguridad (2 metros) entre usuarios.
- Se podrá hacer uso de los vestuarios respetando el aforo establecido por normativa, ocupación de una persona para espacios de hasta 4 m2, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso se permite la utilización por su acompañante. Para aquellos con más de 4 m2 la ocupación será del 50% del número de cabinas/urinarios, con el fin de asegurar la distancia mínima entre personas de 2 metros.
- Quedan precintadas las taquillas. El usuario introducirá todas sus pertenencias en bolsa plástico que en caso de necesidad se les facilitará al entrar y que colocará, mientras realiza la actividad, en un espacio delimitado a tal fin.
- No obstante, se recomienda acceder al Centro Deportivo con ropa y calzado deportivo y prescindir el uso de vestuarios
- Quedan precintadas las fuentes de agua por lo que se considera necesario el uso individual de botellas de agua o bebidas isotónicas.
- Es obligatorio que los usuarios traigan toallas y esterillas para proteger tanto el equipamiento como a sí mismo. Se recomienda desinfectarlo todo al término de la actividad.
- Los usuarios no deben compartir o intercambiar ningún material, toallas, botellas, bebidas, alimentos u otros productos.
- Durante la práctica deportiva se mantendrá en todo momento las distancias de seguridad de los 2 metros, establecida por las autoridades sanitarias.
- El acceso a las salas será el que habitualmente se viene realizando, salvo que la Dirección de la instalación haya fijado otro atendiendo a las medidas de circulaciones y seguridad.
- Sólo podrán acceder a la instalación los usuarios que vayan a realizar la actividad, no se admiten acompañantes salvo lo fijado en la norma sanitaria para los discapacitados.
- Es totalmente necesario abandonar la instalación en cuanto se finalice la práctica deportiva.
- Para facilitar la ventilación y circulaciones, las puertas de acceso a los espacios deportivos salas permanecerán abiertas.
Importante
Cumplir y respetar todas las normas y protocolos de seguridad e higiene establecidos protege tu salud y la de los demás.
Se ruega la máxima responsabilidad y prudencia, priorizando siempre minimizar el riesgo de un posible contagio.
Toda persona que acceda a una instalación deberá́ cumplir las normas publicadas en el BOE, Orden SND/399/2020, SND/414/2020 y SND/458/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Estas recomendaciones en todo momento estarán sujetas a las indicaciones de las autoridades sanitarias.